Medifé obligada a pagar la totalidad del tratamiento a menor con trastorno genético

La titánica pelea de una madre por garantizar el derecho de su hijo de 6 años a recibir un tratamiento terapéutico de calidad, tuvo un nuevo capítulo: la Cámara de Apelaciones de Azul acaba de obligar a Medifé a solventar todos los gastos que necesita el chico para desarrollar su crecimiento.

Es el caso de Silvina Paola Fernández, mamá de un chico con “Síndrome de Williams”, un trastorno generalizado de orden genético. Son clientes de la prepaga, que desde hace más de un año se resiste a desembolsar la adecuada cobertura que necesita el menor.  A fines del mes pasado, dos jueces ratificaron un fallo de primera instancia, librado por el Juzgado Civil y Comercial 1 de Tandil. Al confirmar la sentencia, exhortan a la empresa de medicina privada a costear un reintegro que arrastraba con los papás del chico, consistente en 5.700 pesos. Además, al perder el pleito, deberá asumir las costas. Cabe recalcar que Medifé apeló la primera decisión judicial al entender que, de esa suma reclamada por los asociados, sólo correspondía lo equivalente a 30 pesos la hora.
Sin embargo, los magistrados entendieron que la firma debe abonar los 5.700 pesos para costear los honorarios de dos profesionales que vienen tratando al pequeño con resultados que la familia elogió en varias oportunidades. Los doctores Víctor Mario Peralta Reyes y Jorge Mario Galdós resolvieron el revés contra la prepaga. Y respaldaron lo dispuesto por el juzgado local, que condenó a cubrir el “100% de los honorarios profesionales que insume el servicio de acompañante terapéutico del menor, a razón de seis horas diarias de lunes a sábado, de conformidad con el Plan Plata Plus contratado por la afiliada”.
También entendió la Justicia que la deuda debe ser saldada con la progenitora en dinero en efectivo en la sede de Medifé Tandil. El diferendo se suscitó cuando la empresa pretendió pagar los 30 pesos por hora de tratamiento correspondiente al plan, argumentando que “si el afiliado recurre a prestadores de sicología o siquiatría ajenos a la cartilla o a los que le ofrezca Medifé, se le reintegrará por una suma de hasta 30 pesos la hora con un límite de 30 sesiones“. Sin embargo, el Juzgado Civil de Primera Instancia desestimó este alegato instando a la prestataria a abonar todo el tratamiento elegido por los papás.
Entonces la privada decidió apelar en la Cámara de Azul, donde también recibió un revés jurídico, puesto que dos jueces volvieron a condenarla. El perito médico, al realizar el examen físico del chiquito, estableció –según consta en el expediente- “lesiones de tipo neurológico con un marcado déficit de crecimiento, trastornos del lenguaje el cual solo se encuentra representado por la emisión de sonidos y gesticulación de escasas palabras“. También afirmó el experto, que “es muy importante instaurar tratamiento de apoyo precoz con programas de educación especial individualizados, terapia del lenguaje y terapia ocupacional. El objetivo real y alcanzable es la integración social y laboral de estas personas cuando lleguen a adultos. Para ello considero que sería necesaria la integración al grupo terapéutico de un acompañante del menor por un lapso no menor a 6 horas diarias a fin de que puedan ser atendidos sus déficits de manera intensiva“, rubricó el facultativo.
Este informe médico fue tenido en cuenta por la Cámara. Los doctores Peralta Reyes y Galdós expusieron en el dictamen que las partes deben colaborar “en la efectiva concreción de las terapias que requiere el menor, procurando no distraerse en discusiones inconducentes que hagan perder de vista el objetivo central que debe alcanzarse; pues en todo momento debe garantizarse la atención integral de la persona con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarle una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos”.
La sentencia puede fijar un importante precedente para los numerosos afiliados de prepagas y obras sociales que luchan incansablemente por hacer valer sus derechos en materia sanitaria.

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