Temor por el aumento de las prepagas

Los clientes de las empresas de medicina prepaga comenzaron a recibir cartas en las que se les comunica un ajuste del valor de las cuotas de alrededor del 25% a aplicarse en dos tramos, en agosto y en diciembre de este año.

Sin embargo, para poder efectivizarla deberán esperar la autorización de la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno, tal como lo establece la Ley 26.682 y su decreto reglamentario 1993/2011.
Si bien el 75% del mercado, que otorga cobertura a más de 4,5 millones de beneficiarios, se encuentra repartido entre sólo 5 empresas, el aumento -de manera directa- afectará a 2 millones de personas ya que el resto adhirió a la prepaga a través de una obra social sindical que se encarga de transferir las contribuciones y aportes que se ajustan automáticamente por salarios.

A fines del año pasado, se había vivido una situación similar pero la norma no estaba reglamentada. De todos modos, el Gobierno -tiempo después- avaló los retoques en las tarifas y las compañías pudieron cobrar el aumento.

Ahora, el argumento de las compañías está vinculado con los aumentos salariales que deberán otorgarle a sus empleados luego de la próxima negociación paritaria.

«No hay forma legal para que pueda ser autorizado un incremento si no se ajusta a las pautas establecidas por la Ley 26.682, que obviamente no se han cumplido. Las mismas empresas reconocen recién haber iniciado el trámite, por lo que, de aplicarse, sería ilegal, dando el derecho al usuario a no pagarlo e incluso reclamar daños y perjuicios», alertaron desde la Asociación Protectora.

Qué dice la ley sobre los incrementos
El decreto 1993/2011, que reglamenta la ley en general, establece en su artículo 17 la forma en que se autoriza el incremento de las cuotas para sus afiliados:

Si las empresas quisieran aumentar el valor deberán presentar el requerimiento a la Superintendencia de Servicios de Salud, la que lo elevará al Ministro de Salud para su aprobación, previo dictamen vinculante de la Secretaría de Comercio Interior.

Una vez autorizado, las entidades deberán informar a los usuarios los incrementos con una antelación no inferior a los 30 días hábiles, contados a partir de la fecha en que la nueva cuota comenzará a regir. Para ello, deberán adjuntar en la factura del mes precedente la carta informativa.

Según fuentes del sector, las empresas realizan el informe que le acercan al Gobierno sobre la estructura de sus costos y allí tratan de demostrar que precisan aumentar sus tarifas. Esta información ya fue enviada con las previsiones de incremento del 15 por ciento.

A partir de ahora, deberán esperar el visto bueno de la Secretaría de Comercio para trasladar los costos a los precios de los diferentes planes.

En resumen, el anuncio que las prestadoras les hicieron a sus asociados no es más que una forma de anticiparse a lo que podría venir ya que, por ley, deben comunicar cualquier ajuste con un mes de anticipación. Así, en caso de que les sea aprobada el alza, ya habrán cumplido con esa obligación.

No obstante, según la normativa vigente, las prepagas no pueden subir sus precios a partir de agosto, tal como comunicaron a sus socios, hasta tanto no obtengan el visto bueno de la Superintendencia de Salud y de Guillermo Moreno.

Christian Galindo responsable de la Red Argentina de Consumidores (RAC) denunció que «no existe ninguna autorización de subas en medicina prepaga». Y remarcó que «ahora contamos con una ley y con un procedimiento que hay que respetar».

Asimismo, agregó que «como no se aprobó el ajuste, cualquier comunicación que haga referencia al mismo viola el derecho a una información veraz del usuario, por lo que denunciaremos a las empresas infractoras».

«Si los salarios suben un 25%, eso no significa que el servicio deba subir en idéntica proporción», concluyó Galindo.

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